Juicio a los Responsables de la Represión en La Rioja

Ex presos políticos, Organizaciones sociales y de Derechos Humanos Independientes.

miércoles, 20 de abril de 2016

Audiencia N° 30 -14 y 15 de abril del 2016

DIARIO DEL JUICIO ORAL Y PÚBLICO
Megacausa La Rioja
(Responsables de la Represión en La Rioja)


Audiencia N° 30 -14 y 15 de abril  del 2016

Retomando la parte final de los alegatos de los abogados Guillermo Díaz Martínez y Bernardo Lobo Bogeau hacemos referencia a la calificación y condena de los imputados. Luciano Benjamín Menéndez como autor mediato de los delitos cometidos a prisión perpetua; al médico del ejercito Carlos Moliné, como autor directo y crímenes agravados a 25 años de prisión; Roberto Catalán, participe primario prisión perpetua y que se le retire la jubilación de privilegio; Fernando Estrella como autor mediato 18 años de prisión; Norberto Maggi como autor directo a 21 años de prisión; Miguel Ángel Chiarello como autor directo a 25 años de prisión; Eliberto Goenaga , autor directo a 21 años de prisión; Renardo Sánchez 15 años de prisión; Reynaldo Ganem, 15 años de prisión.
Los abogados expresaron que no hubo guerra, que fue terrorismo de Estado por lo tanto que la participación de los imputados fue l determinada como  delito de lesa humanidad.
Audiencias de los día jueves 14 y viernes 15
La Audiencia del día jueves comenzó a las 9,30 hs. con horario corrido, solo hubo algunos cuartos intermedios.
Por Secretaria se dio lectura sobre el estado de salud de Granillo, Estrella, Sánchez y Menéndez. Se informó también que el equipo de médicos forenses hizo el pedido de toda la documentación sobre la salud  del imputado Granillo para resolver sobre el pedido de domiciliaria.
A continuación dieron comienzos los alegatos por parte de los Representantes del Estado, Rafael Vehils Ruiz y Patricio Rovira quienes realizaron las exposiciones de modo alternado.
Los Fiscales explicaron que lo iban a hacer por la detención de las víctimas, dividiéndolas en 3 grupos, año 1975, 1976 y 1977.
Comenzaron haciendo un contexto histórico desde el año 1966 hasta 1983 donde denominaron la participación del Estado como terrorismo estatal. Hicieron mención al Operativo Independencia, año 74, el Comando Libertadores de América que vinieron a reemplazar a la Triple A que venía cometiendo los secuestros y asesinatos desde el año 1973. Sobre el golpe de Estado de 1976, nombraron a los responsables y las actas militares con las que llevaron adelante la cruenta represión comprobándose que fue de manera sistemática. También desarrollaron sobre  como determinaban “al enemigo interno”  en las personas de, miembros de sindicatos,  del ámbito de la educación, de los movimientos sociales, políticos,  del arte, la cultura y otros.
Con respecto a los decretos y actas militares demostraron que estas facilitaron para que todas las fuerzas y estructuras del Estado lleven adelante la persecución, detención de ciudadanos y a los que ellos llamaron “lucha contra la subversión”. Refiriéndose ya a nuestra provincia nos ubicaron en el área 3 dependiendo directamente de Luciano Menéndez y que el Plan sistemático de represión en La Rioja tuvo la colaboración directa de jueces federales.
Al mencionar a este Juicio de la Megacausa que se está llevando a cabo expresaron que ya van 53 audiencias, por las cuales pasaron 69 testigos que dieron con valentía sus testimonios, El juicio cuenta con  70 fojas de pruebas documental ( las causas por la Ley 20.840, libros de ingreso al IRS, al Regimiento y otras). El Fiscal Patricio Rovira nos  hizo dimensionar que: “Si se acumulan las detenciones de los testigos serian 165 años y nueve meses, igual a un millón , ciento cincuenta mil horas de detención (…) la vida de detención seria la mitad del Bicentenario del 9 de Julio de 1816”.
También le dio relevancia a lo que es una inspección ocular ya que se certifica lo dicho frente al Tribunal. El testigo tiene un rol central, son necesarios y se debe analizar de manera colectiva los testimonios.
Luego continuaron con los casos de cada uno de los compañeros  y determinando las responsabilidades  de los imputados. Cuando se llegó  a los casos donde hubo violencia sexual hicieron referencia a las cualidades de los imputados  que las llevaron a cabo, con mucha fuerza expresaron que no debe haber disminución de prueba para ellos ni ningún atenuante.
Hicieron referencia histórica a como se avanzó en la consideración de estos delitos y que ya son bien diferenciados de un tormento. Pusieron de ejemplo la causa de Musa Azar (Argentina), los crímenes de género en Wanda y Yugoslavia. Estos delitos sexuales están encuadrados en delitos de lesa humanidad. También hubo un avance en lo referente  a la penetración no consentida, esta puede ser en cualquier lugar del cuerpo y con cualquier objeto.
En Argentina estos casos fueron de manera  sistemática y parte del ataque  generalizado a la población civil, determinando que el responsable no es solo el que lo comete sino todos los que avalan el acto. No es necesario que haya placer sino que estos abusos son para humillar, para que sufra la víctima y no el placer del que lo hace.
Recordemos que las compañeras que sufrieron estos abusos estaban vendadas, atadas y generalmente eran varias las personas que intimidaban. Al referirse al delito  de abortos que sufrió una compañera en la policía Federal manifestó  que esto no solo afecta a la vida del feto sino también a la madre.
Hicieron exposición  con todos los elementos de prueba y de manera detallada de lo que abarca la responsabilidad según la participación de cada imputado.
El autor mediato, participación necesaria, primaria y secundaria, autor material y asociación ilícita.
Al finalizar el pedido de condena, el fiscal Rafael Vehils Ruíz pidió al Tribunal que se tenga en cuenta todos los testimonios que valientemente dieron la víctimas que con todos los fundamentos que han brindado se haga justicia ya que ellos lo vienen reclamando desde hace 40 años. Pidió la nulidad de la Ley 20.840 por todas las víctimas y de las causas judiciales bajo esta ley que llevó adelante el ex juez Roberto Catalán y por las cuales fueron detenidos las víctimas. Pidió también que se comunique a las áreas de Derechos Humanos de la Nación, Derechos Humanos de la Provincia, a las áreas de la mujer en la Provincia e internacionales para que intervengan e  incluyan el nombre de las víctimas que sufrieron delitos sexuales en la Policía Federal y en la cárcel de La Rioja:  “No quisiera escuchar ninguna voz de un ciudadano que diga. No a los Juicios, sino todo lo contrario, que estos continúen con las mismas garantías como hasta ahora”.
En el próximo Diario compartiremos datos importantes de los imputados que están incluidos en sus legajos y el  pedido de condena que fue coincidente con lo solicitado por las querellas.

Verdad, Justicia y reparación histórica!
Ex presos políticos, Organizaciones sociales y de Derechos Humanos Independientes.




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